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Presupuesto participativo, sostenible y armónico – Peru y Latinoamérica (página 2)



Partes: 1, 2, 3

El Reglamento que contiene la implementación del
proceso de formulación del presupuesto participativo
basado en resultados, tiene como finalidad regular la
participación activa de la sociedad civil organizada en la
asignación de los recursos financieros así como el
uso optimo de los recursos humanos, institucionales, ambientales,
sociales, económicos y culturales en la provincia de
huari.

BASE LEGAL

El desarrollo del proceso del presupuesto participativo,
esta sustentado en las normas siguientes:

  • Constitución política del
    estado

  • Ley No. 28112 ley marco de la administración
    financiera del sector publico

  • Ley No. 28411 ley general del sistema nacional de
    presupuesto

  • Ley No. 27783 ley de bases de
    descentralización

  • Ley No. 27972 ley orgánica de
    municipalidades

  • Ley No. 28056 ley marco del presupuesto
    participativo

  • D.S. No. 171-2003-EF, reglamento de la ley marco del
    presupuesto participativo

  • Instructivo para el presupuesto participativo basado
    en resultados, Resolución Directoral No.
    007-2010-EF/6.01, que aprueba el Instructivo N°
    001-2010-EF/76.01

  • Instructivo para el proceso del presupuesto
    participativo basado en resultados.

  • Ley No. 27293- ley del sistema nacional de
    inversión pública y disposiciones
    complementarias.

  • Ley No. 29298 ley que modifica la ley 28056 ley
    marco del presupuesto participativo

  • D.S. No. 097-2009-EF criterios de alcance, cobertura
    y monto de los proyectos de impacto regional, provincial y
    distrital.

  • D.S. No. 142-2009-EF aprueba el reglamento de la ley
    marco de presupuesto participativo.

  • D.S. No. 131-2010-EF, que modifica el D.S. No.
    142-2009-EF

  • D.S. No. 132-2010-EF que modifica el D.S. No.
    097-2009-EF

  • Directiva No. 002-2009-EF/76.01, Resolución
    directoral n° 022-2009-EF/76.01

  • Resolución directoral No. 003-2011-EF/68.01
    que aprueba la directiva No. 001-2011-EF/68.01 directiva
    general para la programación y formulación del
    presupuesto del sector publico-enfoque por
    resultados.

PRINCIPIOS DEL PRESUPUESTO
PARTICIPATIVO.

Para el desarrollo del proceso del presupuesto
participativo se deberá tener en cuenta los principios
rectores que se detallan:

  • 1) Participación: los gobiernos locales
    promueven la participación ciudadana en las decisiones
    de gobierno.

  • 2) Transparencia: comunidad informada sobre
    decisiones del proceso

  • 3) Igualdad de oportunidades:
    participación plena sin discriminación,
    política, ideológica, religiosa, racial,
    género u otro.

  • 4) Tolerancia: respeto a la diversidad de
    opiniones, visiones y posturas de los agentes,

  • 5) Eficiencia y eficacia: optimización
    de los recursos de la municipalidad

  • 6) Equidad. Igual acceso de
    oportunidades

  • 7) Competitividad: gobiernos locales con
    gestión competitiva, que promueven la inversión
    privada, para el desarrollo local

  • 8) Corresponsabilidad: entre el estado y la
    sociedad civil como principales actores del
    desarrollo.

  • 9) Solidaridad: disposición para asumir
    los problemas de otros como propios

  • 10) Respeto a los recuerdos: la
    participación de la sociedad civil en los presupuestos
    participativos se fundamenta en el compromiso de cumplimiento
    de los acuerdos o compromisos concertados, por lo que no
    pueden ser modificadas unilateralmente.

  • 11) Subsidiariedad.- el gobierno mas cercano a
    la población es el mas idóneo para ejercer la
    competencia, o función, por consiguiente el gobierno
    nacional no debe asumir competencias que puedan ser cumplidas
    mas eficientemente por los gobiernos regionales y estos a su
    vez no deben involucrarse en realizar acciones que pueden ser
    ejecutados eficientemente por los gobiernos locales, evitando
    la duplicidad de funciones.

  • 12) Prevención: el gobierno regional y
    los gobiernos locales, deben adoptar medidas anticipadas para
    reducir los riesgos de los efectos que una eventualidad o
    catástrofe natural pueda ocasionar daños a la
    población y al medio ambiente.

OBJETIVOS DEL PROCESO

  • Fortalecer la gobernabilidad a través de
    involucramiento de la ciudadanía en la gestión
    asumiendo compromisos compartidas entre el estado sin fines
    partidarios, ni personales.

  • Promover la equidad acercando a la sociedad civil a
    la toma de decisiones sobre la inversión
    publica.

  • Mejorar la eficiencia y eficacia orientada a la
    asignación de recursos a actividades y proyectos de
    desarrollo, para el logro de resultados.

  • Promover la creación de condiciones
    económicas sociales, ambientales, y culturales que
    mejoren los niveles de vida de la población y
    fortalezcan sus capacidades como base del desarrollo
    humano.

  • Fortalecer la coordinación entre los
    diferentes niveles de gobierno para el cumplimento de los
    objetivos estratégicos del plan de desarrollo
    concertado, como actores principales en la
    implementación de las políticas y estrategias
    para el desarrollo sostenible.

  • Reforzar la transparencia, el seguimiento, la
    rendición de cuentas, y la ejecución de
    intervenciones concertadas en el proceso de presupuesto
    participativo así como la vigilancia de la
    gestión publica fortaleciendo las capacidades para el
    desarrollo del presupuesto participativo por
    resultados.

  • Para el logro de una mayor efectividad en la
    gestión se deben relacionar los resultados con los
    productos, así como las acciones y los medios
    necesarios para su ejecución de tal forma que los
    proyectos que se prioricen en el proceso participativo
    garanticen mejoras en la calidad de vida de la
    población, particularmente en aquellas dimensiones que
    se consideren mas prioritarias para el desarrollo
    local.

ROL DE LOS ACTORES.

  • A- Alcalde provincial: Es el responsable
    de convocar, informar y promover la articulación y
    coordinación del proceso del presupuesto participativo
    del nivel provincial.

  • a) Convoca a reunión del consejo de
    coordinación local provincial en su calidad de
    presidente, para dar inicio al proceso del presupuesto
    participativo

  • b) Propone el cronograma del proceso del
    presupuesto participativo en el ámbito de la provincia
    del cusco haciendo de conocimiento publico.

  • c) Informa sobre el estado de los proyectos en
    continuidad a ser sometidos al presupuesto
    participativo

  • d) Dispone la evaluación técnica
    de los proyectos identificados para su priorización en
    los talleres del proceso participación

  • e) Proponer para consideración, los
    resultados prioritarios a favor de la población que
    pueden ser objeto de atención en el
    proceso.

  • f) Determinar e informar a los agentes
    participantes el porcentaje del presupuesto
    institución al que corresponderá al presupuesto
    participativo, sin prejuicio que los recursos no incluidos en
    el proceso participativo se asignen por resultados claramente
    especificados.

  • g) Dispone las medidas necesarias para el
    cumplimiento de los acuerdos adoptado en el
    proceso.

  • h) Desarrollar las acciones necesarias para la
    implementación de los acuerdos

  • i) Rendir cuenta a los agentes participantes
    sobre el cumplimiento de los acuerdos y compromisos asumidos
    el año anterior.

  • B- El Consejo De Coordinación Local
    Provincial:
    Constituye el órgano de
    coordinación y concertación en los procesos de
    planeamiento estratégico, presupuesto participativo,
    fortalecimiento de la gobernabilidad local y
    fiscalización de la gestión del gobierno
    provincial de huari, el mismo que esta presidido por el
    alcalde provincial de huari, cuya función
    es:

  • a) Participar y promover activamente en el
    proceso del presupuesto participativo

  • b) Responder a las convocatorias que realiza la
    autoridad local.

  • c) Coordinar la incorporación de los
    proyectos de inversión en el presupuesto institucional
    municipal

  • d) Apoyar al comité de vigilancia en el
    cumplimiento de las acciones acordadas en el presupuesto
    participativo.

  • C- El Consejo Municipal: Es el
    órgano normativo y fiscalizador del proceso
    participativo, cuya función es:

  • a) Aprueba los lineamientos de política
    presupuestal, ordenanza municipal y otra norma que rigen al
    proceso del presupuesto participativo.

  • b) Aprueba el programa de inversiones 2013
    tomando en consideración las sugerencias hechas por el
    consejo de coordinación local provincial.

  • c) Fiscaliza el desarrollo oportuno de cada una
    de las fases del proceso así como el cumplimiento de
    los acuerdos en la ejecución del
    presupuesto.

  • D- Equipo técnico dl proceso
    participativo:

  • a) Brindar apoyo para la organización y
    ejecución de las diferentes fases del
    proceso

  • b) Preparar y facilitar la información
    para el desarrollo de los talleres de trabajo y la
    formalización de acuerdos del proceso.

  • c) Desarrollar la evaluación
    técnica y financiera de los proyectos, verificando que
    correspondan al ámbito de competencia del nivel de
    gobierno local.

  • d) Preparar y presentar la lista de proyectos
    priorizados que aprobaron la evaluación técnica
    y financiera.

  • e) Sistematizar la información y
    elaborar los instrumentos normativos y técnicos del
    proceso.

  • E- Agentes participantes en el proceso
    participativos:

  • a) Participar con voz y voto en la
    discusión y/o toma de decisiones respecto de los
    resultados a ser priorizados en el proceso del presupuesto
    participativo así como de los proyectos a ser
    considerados para contribuir al logro de dichos
    resultados.

  • b) Proponer proyectos de inversión de
    impacto provincial de acuerdo a los lineamientos en el plan
    de desarrollo concertado e instructivo del presupuesto
    participativo.

  • c) Respetar los acuerdos adoptados en las
    diferentes fases del proceso

  • d) Suscribir las actas y demás
    instrumentos que garanticen la formalidad del
    proceso

  • e) Cumplir con los acuerdos y compromisos
    asumidos en el proceso del presupuesto
    participativo

  • f) Informar a la agrupación social a
    quienes representan acerca de la realización y avance
    del proceso del presupuesto participativo

  • g) Las entidades a quienes representan
    cofinancian la ejecución de proyectos de
    inversión a través de recursos financieros
    materiales y /o de mano de obra.

  • h) Otros que demande el proceso.

  • F- Gerencia de planeamiento y
    presupuesto.

  • a) Propone a las instancias correspondientes el
    presupuesto institucional de apertura incorporando proyectos
    priorizados en el presupuesto participativo

  • b) Remitir copia del acta de acuerdos y
    compromisos así como el documento del proceso a la
    dirección nacional del presupuesto publico

  • c) Mantener actualizado el aplicativo
    interactivo en las diversas fases del proceso.

  • G- Comité de vigilancia del proceso
    participativo

  • a) Vigila el cumplimiento de los acuerdos del
    proceso participativo y la ejecución de los proyectos
    priorizados

  • b) Solicita al gobierno local la
    información necesaria para vigilar el cumplimiento de
    los acuerdos del proceso del presupuesto
    participativo

  • c) Informar por escrito al consejo municipal,
    consejo de coordinación local provincial sociedad
    civil y otras dependencias públicas en el caso de
    incumplimiento de los acuerdos del proceso del presupuesto
    participativo.

PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN
RESULTADOS

El proceso del presupuesto participativo 2013, se
desarrollara en 2 ámbitos: distrital y provincial, se
realizara tomando en cuenta la realidad territorial y
organizativa, respetando el procedimiento básico para el
desarrollo del proceso que debe ser adaptado, en función a
sus particularidades y experiencias previas en la
implementación de los presupuestos
participativos.

El equipo técnico es el encargado de
brindar apoyo para la realización de los talleres de
trabajo, debiendo preparar la información necesaria y
consolidar sus resultados para la posterior evaluación de
las propuestas de inversión resultantes del proceso de
alcaldía y estará conformado por:

  • Gerente de planeamiento y presupuesto (quien la
    presidirá)

  • Gerente de desarrollo social (o su
    representante)

  • Gerente de desarrollo urbano y rural (o su
    representante)

  • Gerente de desarrollo económico, turismo y
    ambiente (o su representante)

  • Jefe de planeamiento (o su representante)

  • Jefe de la oficina de programación e
    inversiones (o su representante)

  • Jefe de la unidad formuladora (o su
    representante)

  • Un representante de la red de salud Conchucos
    Huari

  • Un representante de la sociedad civil debidamente
    acreditado por cada zona, cuya participación
    será en la priorización de proyectos de la zona
    a la que representa para los representantes de la sociedad
    civil y de cada distrito la elección será en el
    taller de rendición de cuentas, debiéndose
    incorporar a equipo técnico del presupuesto
    participativo designada al inicio del proceso.

A ellos se suma si se ve por conveniente a profesionales
o técnicos que apoyen al equipo técnico en temas
puntuales o permanentes.

El equipo técnico tiene a su cargo las siguientes
responsabilidades además de las indicadas en el literal d
del artículo 7º.

  • a) Preparar la información actualizada y
    relevante para el debate en los talleres de
    trabajo

  • b) Revisar y actualizar la matriz de
    consistencia de calificación y priorización de
    proyectos

  • c) Capacitar a los agentes participantes sobre
    las distintas fases de proceso

  • d) Conducir la organización y
    ejecución de los talleres de trabajo y
    sistematización de la información.

  • e) Evaluar, verificar y calificar los proyectos
    propuestos para su discusión y validación por
    los agentes participantes.

  • f) Elaboración del documento final del
    proceso participativo para el año fiscal 2013, para
    ser presentado a la dirección nacional del presupuesto
    público del ministro de economía y
    finanzas.

El equipo técnico debe preparar la
información que debe ser distribuida a los agentes
participantes en la fase de concertación de los talleres y
son:

  • a) Reglamento del presupuesto participativo
    2013

  • b) Relación de proyectos ejecutados en
    el año anterior información sobre los proyectos
    priorizados en el proceso participativo del año 2012 y
    considerados en el programa de inversiones del gobierno
    local.

  • c) Ley Nº 28056 – ley marco del
    presupuesto participativo reglamento-Decreto Supremo Nº
    142-2009-EF, instructivo nº 001-2010-EF/76.01

  • d) Instructivo para el proceso del presupuesto
    participativo

  • e) Recursos presupuestales, para la
    ejecución de proyectos priorizados en el proceso
    participativo 2013, por fuentes de financiamiento dl gobierno
    provincial y con financiamiento de otras entidades

  • f) Relación de proyectos priorizados
    para formulación del estudio de factibilidad
    así como de las ideas de proyectos aprobados en el
    proceso participativo del año anterior

  • g) Matriz de consistencia de
    calificación y priorización de
    proyectos.

El proceso de formulación del
presupuesto participativo comprende las siguientes fases:
preparación, concertación, coordinación y
formalización.

FASE DE PREPARACIÓN

La fase de preparación comprende las acciones de:
comunicación, sensibilización, convocatoria,
identificación y capacitación de los agentes
participantes, esta fase es de responsabilidad compartida entre
el alcalde, los miembros del consejo de coordinación
local, el equipo técnico y la gerencia planeamiento y
presupuesto, quienes deben realizar el desarrollo del proceso
oportunamente y con la debida anticipación.

COMUNICACIÓN

La Municipalidad Provincial de Huari deberá
desarrollar mecanismos de comunicación del proceso
participativo a in de que la población se encuentre
debidamente informada sobre los avances y resultados del proceso
el cual puede utilizar los medios de comunicación escrita,
verbal y televisiva, así como el portal electrónico
de la institución.

SENSIBILIZACIÓN

Esta acción radica en la necesidad de promover la
participación de la sociedad civil organizada en la
gestión del desarrollo del distrito y provincia de huari
así como el compromiso que debe asumir en las decisiones
que se tome en el presupuesto participativo.

CONVOCATORIA

El alcalde en coordinación con los miembros del
consejo de coordinación local provincial, convocan al
proceso del presupuesto participativo a la población en
general y los agentes participantes a registrarse y a participar
en el proceso del presupuesto participativo por diferentes medios
de comunicación audio-visual y escrito del ámbito
de la provincia con la ayuda de material informativo
(trípticos, volantes y notas de prensa) en quechua y
castellano, garantizando una amplia participación y
representatividad local. El proceso de difusión e
información del proceso del presupuesto participativo
será conducido por la oficina de relaciones
públicas y protocolo de la municipalidad.

IDENTIFICACIÓN DE AGENTES
PARTICIPANTES.

La gerencia de planeamiento y presupuesto de la
Municipalidad Provincial de Huari Se encarga de la
identificación, inscripción o reinscripción
y acreditación de los agentes participantes.

Son agentes participantes del proceso de presupuesto
participativo:

  • a) Alcalde provincial

  • b) Alcalde distrital

  • c) Consejo de coordinación
    local

  • d) Consejo municipal provincial

  • e) Equipo técnico del proceso
    participativo

  • f) Comité de vigilancia y
    control

  • g) Representantes de la sociedad civil (clubes
    de madres, comités de vaso de leche, centros
    familiares, centros maternos infantiles, etc)

  • h) Organismos e instituciones publicas y
    privadas universidades colegios, profesionales asociaciones
    civiles, organizaciones no gubernamentales de desarrollo-
    ONGS, Cámara de comercio asociaciones o gremios
    (empresariales, laborales, agrarios de productores, o
    comerciantes) organismos de cooperación técnica
    internacional fundaciones, iglesias, asociaciones de personas
    con discapacidad, partidos políticos, otras que tengan
    presencia en el ámbito provincial.

El alcalde provincial alcaldes distritales los miembros
del consejo de coordinación local provincial el consejo
municipal provincial y el comité de vigilancia son
miembros natos ante el proceso participativo contando con voy y
voto.

INSCRIPCIÓN DE AGENTES
PARTICIPANTES.

La gerencia de planeamiento y presupuesto abrirá
un libro de registro para la inscripción o
reinscripción de los representantes de las diversas
organizaciones e instituciones considerados en los literales g) y
h) del articulo 18 que participan como agentes en el proceso de
formulación y ejecución del proceso del presupuesto
participativo.

Los agentes participantes que se registran dentro del
proceso contaran con voz y voto, teniendo como responsabilidad
asistir obligatoriamente a todos los talleres de trabajo que se
mencionan en el cronograma para el proceso del presupuesto
participativo, con la finalidad de que todos los agentes
participantes registrados tengan conocimiento de los mismos
lineamientos e información.

La identificación registro y acreditación
de agentes participantes se llevara a cabo dentro de los plazos
establecidos en el cronograma del presente reglamento.

Los representantes de la sociedad civil organismos e
instituciones publicas y privadas; universidades colegios
profesionales, asociaciones civiles, organizaciones no
gubernamentales de desarrollo-ONGDS, Cámara de comercio,
asociaciones o gremios (empresariales, laborales, agrarios de
productores o comerciantes), organismos de cooperación
técnica internacional, fundaciones, iglesias, asociaciones
de personas con discapacidad, partidos políticos u otros
que tengan presencia en el ámbito provincial; que desean
solicitar su inscripción deberán cumplir con los
siguientes requisitos:

  • Las organizaciones acreditadas en procesos
    participativos de años anteriores, deberán
    confirmar su participación por escrito a través
    de una solicitud u oficio, donde a su vez señale al
    representante (titular o suplente) que participara en todas
    las etapas del proceso adjuntando copia del libro de actas de
    la asamblea que lo acredita como representante y su documento
    nacional de identidad-DNI

  • Para organizaciones nuevas que se integran a los
    procesos de presupuesto participativo presentaran una
    solicitud dirigida al gerente de planeamiento y presupuesto
    de la municipalidad provincial de huari, adjuntando formato
    de inscripción de agentes participantes, copia simple
    del documento nacional de identidad (DNI) del titular o
    suplente designados, copia del acta de constitución,
    inscripción en los registros públicos u otros
    documentos que acrediten la vida institucional del
    organismo.

  • Excepcionalmente con el fin de lograr la mayor
    participación de la población vulnerable no
    organizada ni representada adecuadamente en el proceso
    participativo se acreditara su participación con la
    presentación del libro de acta de vida organiza activa
    previa evaluación por la gerencia de planeamiento y
    presupuesto.

ACREDITACIÓN DE AGENTES
PARTICIPANTES

A cada agente participante se le otorgará un
credencial que acredite su participación, señalando
los siguientes datos:

  • a)  nombre del participante

  • b) Organización a la que
    representa

El gerente de planeamiento y presupuesto vencido el
plazo de inscripción dispondrá la
publicación del listado de os agentes participantes
inscritos para el proceso participativo 2013 y será
publicado en carteles visibles de la municipalidad para
conocimiento publico.

El plazo para presentar observaciones y tachas sobre
alguna persona considerada en la lista publicada será de
tres días hábiles contados a partir del día
siguiente de la publicación a que se refiere el articulo
precedente, siendo dicha observación o tacha comunicada al
interesado para que levante las observaciones en el plazo de dos
días a partir de la notificación, a fin de que el
gerente de planeamiento y presupuesto proceda a solicitar la
observación o tacha.

ATRIBUCIONES Y RESPONSABILIDADES DE LOS AGENTES
PARTICIPANTES

Los agentes participantes además de las
manifestadas en el literal e, del artículo 7ª
deberán asistir de manera obligatoria a los talleres de
capacitación y de trabajo para la elaboración del
presupuesto participativo para este fin los agentes participantes
deberán tener en cuenta lo siguiente:

  • 1. La participación debe ser activa y
    responsable, puntual e integral

  • 2. La coordinación entre los delegados
    y/o representantes y los integrantes del equipo
    técnico debe ser constante y fluida.

  • 3. La importancia de los temas a debatir debe
    garantizar el logro de objetivos del plan de desarrollo
    concertado.

Los agentes participantes tiene la responsabilidad
de:

  • 1. Informar a la agrupación social a
    quienes los representa acerca de la realización y
    avance del proceso del presupuesto participativo

  • 2. Coordinar en su base institucional sobre os
    mensajes, opiniones, propuestas que resulten del consenso de
    la misma a ser tratado en los talleres de trabajo

  • 3. Establecer prioridades del segmento social,
    sector o territorio que representan coherente a los
    contenidos del plan de desarrollo concertado, cuyas
    propuestas de ser el caso deben estar sancionadas en acta
    institucional y ser presentadas en el espacio correspondiente
    del proceso participativo.

FALTAS Y SANCIONES.

Faltas: Se consideran faltas a los
actos que contravengan a las normas precisadas para el
presupuesto participativo 2013 por los agentes participantes
durante el desarrollo de las actividades que contempla el proceso
del presupuesto participativo como las siguientes:

  • a) Inasistencia injustificada a los talleres
    convocados

  • b) Agresión física y/o verbal a
    uno o varios agentes participantes.

  • c) Asistir a los talleres o sesiones en estado
    etílico o de alteración por consumo de
    drogas

  • d) Alterar de manera violenta el normal
    desarrollo de los talleres y/o sesiones.

Sanciones:

Las sanciones se aplicaran según la gravedad o
reiteración de las faltas señaladas serán
las siguientes:

  • a) Por primera vez, llamada de atención
    en el taller o sesión.

  • b) Por segunda vez, comunicación expresa
    de llamada de atención suscrita por el alcalde de la
    municipalidad provincial de huari, dirigida al agente
    respectivo, haciendo de conocimiento a la organización
    de la sociedad civil o institución publica a la que
    representa

  • c) Por tercera vez, denuncia publica de la
    falta y de ser el caso el envío de una solicitud a la
    organización de la sociedad civil o institución
    publica que representa, para la sustitución del
    representante.

  • d) La inasistencia injustificada de los agentes
    acreditados de las zonas del Distrito Huari, a dos talleres
    consecutivos o alternados, originara la perdida del derecho a
    proseguir en el proceso del presupuesto
    participativo.

CAPACITACIÓN DE AGENTES
PARTICIPANTES

La capacitación a los agentes participantes es
una acción que tiene como fin actualizar y precisar los
conocimientos sobre el proceso del presupuesto participativo y
mejorar su participación se realizara mediante talleres a
fin de que se informe acerca de las tareas que involucra el
proceso del presupuesto participativo y otros de interés
común.

FASE DE CONCERTACIÓN

La fase de concertación comprende las actividades
de desarrollo de talleres de trabajo a través de los
cuales se desarrollaran las distintas acciones conducentes a la
priorización de resultados, proyectos de inversión
y compromisos de la municipalidad y la sociedad civil,
identificación y evaluación técnica de los
proyectos, así como de concertación para la
priorización y formulación de acuerdo y compromisos
entre los agentes participantes, cuyos resultados deben constar
en actas.

El alcalde provincial o a quien delegue informara el
resumen presupuestal para el año fiscal 2013 donde
dará a conocer el total de ingresos municipales, gastos
corrientes y recursos para inversiones.

TALLERES DE TRABAJO

Los talleres de trabajo son reuniones conjuntas de los
agentes participantes donde se plantean acciones a implementar
acorde a las necesidades de la provincia. Para el mecanismo de
discusión en el desarrollo de talleres de trabajo del
proceso participativo se tomara en cuenta lo
siguiente:

  • a) Se contara con un moderador o facilitador
    quien conducirá el desarrollo del taller

  • b) Las intervenciones se efectuaran a mano
    alzada previa identificación de los agentes
    participantes.

  • c) La participación se realizara sobre
    la agenda establecida por espacio de 2 a 3 minutos

  • d) Se elaborara un rol de preguntas o
    intervenciones

  • e) La decisión final se aprobar por
    consenso de los participantes.

Se llevara a cabo talleres de trabajo por zonas de
desarrollo: zona sur occidente (San Marcos, Chavín de
Huantar, Huantar), centro oriente (Huari, Cajay, Masin,
Rahuapampa, Huachis Sn Pedro De Chana, Ponto, Huacachi), Nor
Oriente (Anra, Uco, Paucas, Huacchis, Rapayan)

La rendición de cuentas corresponde al primer
taller, tendrá como propósito informar a los
agentes participante sobre el cumplimiento de los acuerdos y
compromisos asumidos en el presupuesto participativo 2011 y
avances del presupuesto participativo 2012, inversión
ejecutada en el desarrollo concertado, debiendo estar a cargo del
alcalde provincial o funcionario delegado. De igual manera, los
agentes participantes, informan sobre el cumplimiento de los
compromisos asumidos en el proceso participativo anterior
(comité de vigilancia del presupuesto participativo y los
comité de obra) asimismo se hará de conocimiento el
presupuesto de apertura del presente ejercicio.

TALLER DE IDENTIFICACIÓN PRIORIZACIÓN
DE RESULTADOS Y PROYECTOS DE INVERSIÓN

El equipo técnico, presentara la
identificación y priorización de los resultados
referidos a problemas de:

  • a) Acceso a los servicios básicos y
    oportunidades de mercado

  • b) Reducción de la desnutrición
    crónica infantil

  • c) Acceso a energía en locaciones
    rurales.

  • d) Gestión ambiental

  • e) Acceso a agua potable y disposiciones
    sanitarias de excretas para poblaciones rurales.

  • f) Seguridad ciudadana

  • g) Viabilidad y acceso peatonal

  • h) Recreación y deportes.

El taller de definición de criterios de
priorización e identificación de resultados y
priorización de proyectos de desarrollo, se realizara en
forma descentralizada por zonas de desarrollo: zona sur occidente
(San Marcos, Chavín De Huantar, Huantar), centro oriente
(Huari, Cajay, Masin, Rahuapampa, Huachis Sn Pedro De Chana,
Ponto, Huacachi), Nor Oriente (Anra, Uco, Paucas, Huacchis,
Rapayan)

Se desarrollara el taller de análisis en el
avance de ejecución de proyectos priorizados, la capacidad
financiera institucional en los años 2012-2013 y
programación de proyectos priorizados. En el diagnostico
temático se analizara indicadores básicos que
tienden a mejorar la calidad de vida de la población,
identificando los problemas y potencialidades mas relevantes de
la provincia.

En el desarrollo del taller se presentara un resumen de
los acontecimientos climatológicos ocurridos en la
Provincia de Huari, como base para la priorización de
proyectos de prevención y
reconstrucción.

En la identificación de proyectos, los agentes
participantes del presupuesto participativo 2013, en
representación de la sociedad civil, con apoyo del equipo
técnico identificaran los problemas existentes en el
ámbito provincial y propondrán un conjunto de
proyectos de impacto que resuelvan el problema prioritario de la
población, que beneficie y favorezca al mayor numero de
ciudadanos.

Para tal efecto se aplicaran entre otros los siguientes
criterios:

  • a) Los objetivos estratégicos del plan
    de desarrollo concertado

  • b) Las funciones que le competen a la
    municipalidad (exclusivas y compartidas)

  • c) Proyectos que presenten mayor rentabilidad
    social, en base a los problemas priorizados
    participativamente

  • d) El cofinanciamiento por parte de la
    población beneficiaria

  • e) El impacto en la población
    beneficiada

  • f) Los niveles de pobreza

  • g) El efecto en el empleo local

  • h) Los grupos vulnerables o en situación
    de riesgo

  • i) Numero de necesidades básicas
    insatisfechas

  • j) Efectos de prevención y
    restauración

  • k) Garantizar la ejecución de los
    proyectos de continuidad.

  • l) Otros criterios establecidos en la
    normatividad.

Concluida la identificación de proyectos se
realizara la revisión, actualización y
validación de la matriz de consistencia de criterios de
priorización de proyectos con los agentes participantes,
donde el facilitador del equipo técnico sustentara la
propuesta a los agentes participantes de la matriz de
consistencia de criterios de priorización de proyectos,
concluida la exposición los agentes participantes
podrán sugerir propuestas para su actualización y
aprobación de la matriz de criterios de
priorización de proyectos para el periodo 2013.

Los agentes participantes en función a los
problemas prioritarios y las potencialidades con que cuenta la
Provincia de Huari, presentaran propuestas, de proyectos que
resuelven problemas identificados de acuerdo a la
priorización de resultados.

EVALUACIÓN TÉCNICA

El equipo técnico se encargara de efectuar la
evaluación técnica y calificación de las
ideas de proyectos del año anterior y de los proyectos
presentados por los agentes participantes, en base a la matriz de
criterios de calificación, siguiendo los siguientes
aspectos:

  • a) El equipo técnico presentara un
    listado de proyectos con los puntajes obtenidos y orden de
    priorización por resultados para su discusión y
    validación por los agentes participantes
    señalando los costos totales y asignación
    presupuestal para su ejecución en el año
    2013

  • b) Los integrantes del equipo técnico
    presentaran y sustentaran los resultados de la
    evaluación el día de la formalización de
    acuerdos.

Los agentes participantes elegirán a los miembros
de comité de vigilancia del proceso de presupuesto
participativo 2013 el comité estará conformado por
un (01) representante titular y un accesitario por cada zona del
distrito de huari, la elección será a mano alzada y
se presentara tres propuestas por cada representante asimismo se
considerara un (01) representante por cada distrito

FASE DE COORDINACIÓN ENTRE NIVELES DE
GOBIERNO

La fase de coordinación entre niveles de gobierno
implica las acciones de articulación y consistencia de
proyectos.

El alcalde provincial convocara a las autoridades de las
municipalidades distritales y miembros del concejo de
coordinación local provincial, para reuniones de
coordinación, en procura de la articulación y
amortización del proceso del presupuesto participativo
basado en resultados.

Articulo 46º: el presidente del
consejo de coordinación local provincial informara los
acuerdos y propuestas de su instancia al consejo de
coordinación regional.

FASE DE FORMALIZACIÓN.

En el taller de formalización de acuerdos el
equipo técnico presentara y sustentara ante los agentes
participantes el resultado de la evaluación y
calificación de proyectos por ejes temáticos para
su consideración discusión y aprobación
final. Una vez concluido los acuerdos suscribirán en el
libro de actas del proceso del presupuesto
participativo.

En esta fase se considera las actividades para la
inclusión de las prioridades concertadas e el presupuesto
institucional

El equipo técnico del proceso participativo
basado en resultados, es responsable de sistematizar y consolidar
los resultados de la programación del proceso
presupuestario y la formulación del "documento del
presupuesto participativo basado en resultados año fiscal
2013", el que será propuesto al alcalde para su
presentación a los agentes participantes para su
consideración y aprobación final

Los resultados del proceso del proceso del presupuesto
participativo comprendido en el documento del presupuesto
participativo basado en resultados año fiscal 2013
serán suscritos y formalizados en el acta de acuerdos y
compromisos del presupuestos participativo, por parte de los
agentes participantes y los miembros del consejo de
coordinación local, en cada instancia.

El "documento del presupuesto participativo basado en
resultados año fiscal 2013", es aprobado por el consejo
municipal luego de que el consejo de coordinación local y
los agentes participantes formalicen suscribiendo el acta de
acuerdos y compromisos del proceso del presupuesto
participativo.

El documento del presupuesto participativo basado en
resultados año fiscal 2013 y acta de acuerdos y
compromisos del proceso participativo, deben ser remitidos a la
dirección nacional del presupuesto público del
ministerio de economía y finanzas, en el plazo establecido
por la directiva de programación, formulación y
aprobación del presupuesto de los gobiernos locales. El
alcalde dispondrá la publicación del documento del
presupuesto participativo y acta de acuerdos para conocimiento de
la comunidad. Durante el ejercicio presupuestal, en el
"aplicativo interactivo para el proceso participativo",
deberá incorporarse la información sobre los
avances de la ejecución de los proyectos de
inversión, así como los cambios en las
priorizaciones que se incorporen en el ejercicio
presupuestal.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y
FINALES.

Los costos que irrogue la realización del proceso
del presupuesto participativo, deben ser asumidos por el gobierno
municipal y aportes económicos de entidades involucradas
en el proceso.

El equipo técnico deberá alcanzar al
alcalde municipal las recomendaciones necesarias y suficientes
para resolver situaciones no previstas que surjan durante el
proceso y serán de aplicación supletoria a lo
dispuesto en el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01-01, para el
proceso de presupuesto participativo basado en resultados, y
deberán ser aprobadas mediante Decreto de
Alcaldía

Si alguno de los proyectos priorizados en el presupuesto
participativo no pueda ser ejecutado, el alcalde provincial en
coordinación con el alcalde del distrito involucrado y
representante de la sociedad civil organizada, dispondrá
el reemplazo de dicho proyecto por otro lado, según la
escala de prioridades establecida participativamente hecho que
deberá hacerse de conocimiento del consejo de
coordinación local provincial y del comité de
vigilancia

En todo lo no previsto en el Reglamento, serán de
aplicación las disposiciones de la Ley No. 28056- Ley
marco del presupuesto participativo, Decreto Supremo No.
142-2009-EF que aprueba el reglamento de la Ley No. 28056, el
Instructivo No. 001-2010-EF/76.01, aprobado por Resolución
Directoral No. 007-2010-E/76.01

  • VIGILANCIA Y FISCALIZACIÓN DE LA
    GESTIÓN

Analizando a Tejada (2011)[21]; son
mecanismos de vigilancia del presupuesto participativo los que
permiten el acceso a la información pública, la
rendición de cuentas y el fortalecimiento de
capacidades.

La Municipalidad de la Provincia de Huari, está
obligada a utilizar los medios a su alcance a fin de lograr la
adecuada y oportuna información a los ciudadanos, sobre el
proceso de programación participativa del presupuesto y
ejecución del gasto público.

El Alcalde de la Provincia de Huari como titular del
Pliego del gobierno local, está obligado a rendir cuenta
de manera periódica, ante las instancias del presupuesto
participativo, sobre los avances de los acuerdos logrados en la
programación participativa, así como del
presupuesto total de la entidad.

El Ministerio de Economía y Finanzas, a
través de la Dirección Nacional del Presupuesto
Público, en coordinación con la Municipalidad
Provincial de Huari, programa e implementa acciones de
capacitación dirigidas a los agentes participantes del
presupuesto participativo, para los fines de la
programación y vigilancia participativa.

El control gubernamental consiste en la
supervisión, vigilancia y verificación de los actos
y resultados de la gestión pública, en
atención al grado de eficiencia, eficacia, transparencia y
economía en el uso y destino de los recursos y bienes del
Estado, así como del cumplimiento de las normas legales y
de los lineamientos de política y planes de acción,
evaluando los sistemas de administración, gerencia y
control, con fines de su mejoramiento a través de la
adopción de acciones preventivas y correctivas
pertinentes. El control gubernamental es interno y externo y su
desarrollo constituye un proceso integral y
permanente.

El Control Interno comprende las acciones de cautela
previa, simultánea y de verificación posterior que
realiza la entidad sujeta a control, con la finalidad que la
gestión de sus recursos, bienes y operaciones se
efectúe correcta y eficientemente. Su ejercicio es previo,
simultáneo y posterior.

El control interno previo y simultaneo compete
exclusivamente a las autoridades, funcionarios y servidores
públicos de las entidades como responsabilidad propia de
las funciones que le son inherentes, sobre la base de las normas
que rigen las actividades de la organización y los
procedimientos establecidos en sus planes, reglamentos, manuales
y disposiciones institucionales, los que contienen las
políticas y métodos de autorización,
registro, verificación, evaluación, seguridad y
protección.

El control interno posterior es ejercido por los
responsables superiores del servidor o funcionario ejecutor, en
función del cumplimiento de las disposiciones
establecidas, así como por el órgano de control
institucional según sus planes y programas anuales,
evaluando y verificando los aspectos administrativos del uso de
los recursos y bienes del Estad, así como la
gestión y ejecución llevadas a cabo, en
relación con las metas trazadas y resultados
obtenidos.

Es responsabilidad del Titular de la entidad fomentar y
supervisar el funcionamiento y confiabilidad del control interno
para la evaluación de la gestión y el efectivo
ejercicio de la rendición de cuentas, propendiendo a que
éste contribuya con el logro de la misión y
objetivos de la entidad a su cargo.

El Titular de la entidad está obligado a definir
las políticas institucionales en los planes y/o programas
anuales que se formulen, los que serán objeto de las
verificaciones a que se refiere esta Ley.

Se entiende por control externo el conjunto de
políticas, normas, métodos y procedimientos
técnicos, que compete aplicar a la Contraloría
General u otro órgano del Sistema por encargo o
designación de ésta, con el objeto de supervisar,
vigilar y verificar la gestión, la captación y el
uso de los recursos y bienes del Estado. Se realiza
fundamentalmente mediante acciones de control con carácter
selectivo y posterior.

En concordancia con sus roles de supervisión y
vigilancia, el control externo podrá ser preventivo o
simultáneo, cuando se determine taxativamente por la
presente Ley o por normativa expresa, sin que en ningún
caso con- lleve injerencia en los procesos de dirección y
gerencia a cargo de la administración de la entidad, o
interferencia en el control posterior que corresponda. Para su
ejercicio, se aplicarán sistemas de control de legalidad,
de gestión, financiero, de resultados, de
evaluación de control interno u otros que sean
útiles en función a las características de
la entidad y la materia de control, pudiendo realizarse en forma
individual o combinada. Asimismo, podrá llevarse a cabo
inspecciones y verificaciones, así como las diligencias,
estudios e investigaciones necesarias para fines de
control.

Tejada (2012)[22]; coincide con
Vasconcelos (2011)[23]; cuando establecen que la
acción de control es la herramienta esencial del sistema
de control institucional, por la cual el personal técnico
de sus órganos conformantes, mediante la aplicación
de las normas, procedimientos y principios que regulan el control
gubernamental efectúa la verificación y
evaluación, objetiva y sistemática, de los actos y
resultados producidos por la entidad en la gestión y
ejecución de los recursos, bienes y operaciones
institucionales. Las acciones de control se realizan con
sujeción al Plan Nacional de Control y a los planes
aprobados para cada órgano del Sistema de acuerdo a su
programación de actividades y requerimientos de la
Contraloría General. Dichos planes deberán contar
con la correspondiente asignación de recursos
presupuéstales para su ejecución, aprobada por el
Titular de la entidad, encontrándose protegidos por el
principio de reserva. Como consecuencia de las acciones de
control se emitirán los informes correspondientes, los
mismos que se formularán para el mejoramiento de la
gestión de la entidad, incluyendo el señalamiento
de responsabilidad que, en su caso, se hubieran identificado. Sus
resultados se exponen al Titular de la entidad, salvo que se
encuentre comprendido como presunto responsable civil y/o penal.
Las acciones de control que efectúen los órganos
del Sistema no serán concluidas sin que se otorgue al
personal responsable comprendido en ellas, la oportunidad de
conocer y hacer sus comentarios y aclaraciones sobre los
hallazgos en que estuvieran incursos, salvo en los casos
justificados señalados en las normas reglamentarias.
Cuando en el informe respectivo se identifiquen
responsabilidades, sean éstas de naturaleza administrativa
funcional, civil o penal, las autoridades institucionales y
aquellas competentes de acuerdo a Ley, adoptarán
inmediatamente las acciones para el deslinde de la
responsabilidad administrativa funcional y aplicación de
la respectiva sanción, e iniciarán, ante el fuero
respectivo, aquellas de orden legal que consecuentemente
correspondan a la responsabilidad señalada. Las sanciones
se imponen por el Titular de la entidad y, respecto de
éste en su caso, por el organismo o sector
jerárquico superior o el llamado por ley.

  • DESARROLLO INTEGRAL, SOSTENIBLE Y
    ARMÓNICO

  • TEORÍAS DE DESARROLLO INTEGRAL, SOSTENIBLE
    Y ARMÓNICO

Interpretando a Rodríguez
(2007)[24]; los gobiernos locales representan al
vecindario, promueven la adecuada prestación de los
servicios públicos locales y el desarrollo integral,
sostenible y armónico de su circunscripción. Los
gobiernos locales promueven el desarrollo económico local,
con incidencia en el micro y pequeña empresa, a
través de planes de desarrollo económico local
aprobados en armonía con las políticas y planes
nacionales y regionales de desarrollo; así como el
desarrollo social, el desarrollo de capacidades y la equidad en
sus respectivas circunscripciones.

El proceso de planeación local es integral,
permanente y participativo, articulando a las municipalidades con
sus vecinos. En dicho proceso se establecen las políticas
públicas de nivel local, teniendo en cuenta las
competencias y funciones específicas exclusivas y
compartidas establecidas para las municipalidades provinciales y
distritales. El sistema de planificación tiene como
principios la participación ciudadana a través de
sus vecinos y organizaciones vecinales, transparencia,
gestión moderna y rendición de cuentas,
inclusión, eficiencia, eficacia, equidad, imparcialidad y
neutralidad, subsidiariedad, consistencia con las
políticas nacionales, especialización de las
funciones, competitividad e integración.

Los gobiernos locales promueven el desarrollo integral,
para viabilizar el crecimiento económico, la justicia
social y la sostenibilidad ambiental. La promoción del
desarrollo local es permanente e integral. Las municipalidades
provinciales y distritales promueven el desarrollo local, en
coordinación y asociación con los niveles de
gobierno regional y nacional, con el objeto de facilitar la
competitividad local y propiciar las mejores condiciones de vida
de su población. Basándose en los Planes de
Desarrollo Municipal Distritales Concertados y sus Presupuestos
Participativos, el Consejo de Coordinación Local
Provincial procede a coordinar, concertar y proponer el Plan de
Desarrollo Municipal ProvinciaI Concertado y su Presupuesto
Participativo. Estos planes deben responder fundamentalmente a
los principios de participación, transparencia,
gestión moderna y rendición de cuentas,
inclusión, eficacia, eficiencia, equidad, sostenibilidad,
imparcialidad y neutralidad, subsidiaridad, consistencia de las
políticas locales, especialización de las
funciones, competitividad e integración. Las
municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la
participación vecinal en el desarrollo local.

Interpretando a Valdivia (2012)[25]; los
gobiernos locales promueven el desarrollo integral, para
viabilizar el crecimiento económico, la justicia social y
la sostenibilidad ambiental. La promoción del desarrollo
local es permanente e integral. Las municipalidades provinciales
y distritales promueven el desarrollo local, en
coordinación y asociación con los niveles de
gobierno regional y nacional, con el objeto de facilitar la
competitividad local y propiciar las mejores condiciones de vida
de su población.

Las municipalidades se rigen por presupuestos
participativos anuales como instrumentos de administración
y gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan
conforme a la ley de la materia, y en concordancia con los planes
de desarrollo concertados de su jurisdicción. El
presupuesto participativo forma parte del sistema de
planificación. Las municipalidades, conforme a las
atribuciones que les confiere el artículo 197° de la
Constitución, regulan la participación vecinal en
la formulación de los presupuestos participativos. El
presupuesto municipal debe sustentarse en el equilibrio real de
sus ingresos y egresos y estar aprobado por el concejo municipal
dentro del plazo que establece la normatividad sobre la materia.
Para efectos de su administración presupuestaria y
financiera, las municipalidades provinciales y distritales
constituyen pliegos presupuestarios cuyo titular es el alcalde
respectivo.

La Ley de Bases de la Descentralización establece
la condición de exclusiva o compartida de una competencia.
Las funciones específicas municipales que se derivan de
las competencias se ejercen con carácter exclusivo o
compartido entre las municipalidades provinciales y distritales,
con arreglo a lo dispuesto en la presente ley orgánica.
Dentro del marco de las competencias y funciones
específicas establecidas en la Ley Orgánica de
Municipalidades, el rol de las municipalidades provinciales
comprende: (a) Planificar integralmente el desarrollo local y el
ordenamiento territorial, en el nivel provincial. Las
municipalidades provinciales son responsables de promover e
impulsar el proceso de planeamiento para el desarrollo integral
correspondiente al ámbito de su provincia, recogiendo las
prioridades propuestas en los procesos de planeación de
desarrollo local de carácter distrital. (b) Promover,
permanentemente la coordinación estratégica de los
planes integrales de desarrollo distrital. Los planes referidos a
la organización del espacio físico y uso del suelo
que emitan las municipalidades distritales deberán
sujetarse a los planes y las normas municipales provinciales
generales sobre la materia. (c) Promover, apoyar y ejecutar
proyectos de inversión y servicios públicos
municipales que presenten, objetivamente, externalidades o
economías de escala de ámbito provincial; para cuyo
efecto, suscriben los convenios pertinentes con las respectivas
municipalidades distritales. (d) Emitir las normas
técnicas generales, en materia de organización del
espacio físico y uso del suelo así como sobre
protección y conservación del ambiente. Cuando se
trate del caso de municipalidades conurbadas, los servicios
públicos locales que, por sus características,
sirven al conjunto de la aglomeración urbana,
deberán contar con mecanismos de coordinación en el
ámbito de la planificación y prestación de
dichos servicios entre las municipalidades vinculadas, de modo
que se asegure la máxima eficiencia en el uso de los
recursos públicos y una adecuada provisión a los
vecinos.

  • DESARROLLO ECONÓMICO Y
    SOCIAL

Laureano (2012)[26]; la idea
básica del Desarrollo Económico Local  (DEL)
es facilitar a los actores principales de una región
económica a emprender de manera independiente, iniciativas
conjuntas orientadas al desarrollo económico de su
región y a su posicionamiento estratégico en el
país e incluso en el contexto global a través del
desarrollo de ventajas competitivas. El desarrollo
económico local es un proceso de concertación
público-privado entre los gobiernos locales, la sociedad
civil organizada y el sector privado, con el propósito de
mejorar la calidad de vida de la población, mediante la
creación de más y mejores empleos y la
dinamización de la economía de un territorio
definido, en el marco de políticas nacionales y locales.
Requiere de: i) Creación y fortalecimiento de la
institucionalidad local de gestión del DEL; ii)
Fortalecimiento de competencias en la población; iii)
Creación de un ambiente favorable de negocios para la
atracción de inversiones y la creación de nuevas
empresas; iv) Promoción de la competitividad de las
empresas; v) Generación de ventaja competitiva
regional.

Desarrollo Local es un concepto más amplio que el
de DEL, porque abarca el desarrollo de una región que
involucra desarrollo de las comunidades, social, ambiental,
institucional y otro tipo de iniciativas locales encaminadas al
bienestar general de la población. Más bien DEL
forma parte del proceso de desarrollo local con
focalización a aspectos económicos; en el
ámbito regional se complementan y encuentra sinergias para
su realización y sostenibilidad. Asimismo se diferencia
del desarrollo económico, que es otro concepto más
amplio de desarrollo a nivel de país, que abarca el
ámbito general de política económica
nacional y marco legal de empleo. DEL es un concepto territorial.
Se conceptualiza DEL como un proceso en marcha por medio del cual
los actores clave y las instituciones de la sociedad civil, del
sector público y privado trabajan conjuntamente para crear
ventajas únicas y diferenciadas para su región y
sus empresas, afrontan las fallas del mercado, remueven
obstáculos burocráticos para los negocios locales y
fortalecen la competitividad de las empresas locales para la
generación de más y mejores empleos.

La importancia de promover el Desarrollo
Económico Local (DEL) en las Municipalidades tiene por
objetivo mejorar el ingreso económico de los actores
económicos, generar empleo decente y una vida sana en un
determinado ámbito geográfico.

En el PROGRAMA CSE[27]se ha reconocido
con más claridad que el enfoque de cadenas productivas sea
el enfoque orientador para promover el DEL y que esas
serán el motor del desarrollo de los territorios donde
actúan. En ese contexto, las autoridades tienen el papel
de generar un marco adecuado para el desarrollo y fortalecimiento
de esas cadenas. De esta forma, el PROGRAMA CSE mediante su
enfoque de Desarrolló Económico Local promueve el
liderazgo de los gobiernos regionales y locales
apoyándoles en la identificación y cumplimiento de
sus roles de apoyo al DEL. En la estrategia de apoyo a la
promoción de Desarrollo Económico Local-DEL
promovida por el PROGRAMA CSE se considera un triangulo en el que
cada ángulo representa un componente, que desde nuestra
experiencia, comprenden las tres dimensiones en las cuales se
debe de trabajar para lograr resultados: I) Dimensión
política que representa el trabajo de
sensibilización, capacitación, asesoría y
acompañamiento a las autoridades para que comprendan los
alcances de la promoción DEL en sus territorios, dictando
las normas y políticas necesarias a favor del desarrollo
económico de sus territorios, realizando los cambios
necesarios en sus instrumentos de gestión y estructura
institucional t destinando los recursos necesarios; II)
Dimensión operativa para que la población sienta
que la promoción del DEL se expresa en servicios y
acciones concretas que los benefician. En este contexto, el
PROGRAMA CSE ha desarrollado una metodología que permite
lograr la incorporación de los Órganos de
Desarrollo Económico Local – ODEL en la estructura
de cada gobierno local para que sea el área especializada
en brindar apoyo a las iniciativas económicas.

Dimensión asociativa, que permite comprender a
autoridades y población que la promoción del DEL es
un esfuerzo que requiere la participación de la
población organizada y de la alianza con otros
territorios. El PROGRAMA trabajó entre parte apoyando la
constitución de mancomunidades municipales, como una
estrategia para enfrentar de manera conjunta los problemas de
desarrollo que actualmente enfrentan.

Analizando a Hernández (2011)[28];
en el marco del desarrollo económico y social, las
municipalidades, tomando en cuenta su condición de
municipalidad provincial o distrital, asumen las competencias y
ejercen las funciones específicas para contribuir con el
desarrollo integral, sostenible y armónico, en las
materias siguientes:

  • 1) Organización del espacio
    físico – Uso del suelo: Zonificación; Catastro
    urbano y rural; Habilitación urbana; Saneamiento
    físico legal de asentamientos humanos;
    Acondicionamiento territorial; Renovación urbana;
    Infraestructura urbana o rural básica; Vialidad y
    Patrimonio histórico, cultural y
    paisajístico.

  • 2) Servicios públicos locales:
    Saneamiento ambiental, salubridad y salud; Transito,
    circulación y transporte público;
    Educación, cultura, deporte y recreación;
    Programas sociales, defensa y promoción de derechos
    ciudadanos; Seguridad ciudadana; Abastecimiento y
    comercialización de productos y servicios; Registros
    Civiles, en mérito a convenio suscrito con el Registro
    Nacional de Identificación y Estado Civil, conforme a
    ley; Promoción del desarrollo económico local
    para la generación de empleo; Establecimiento,
    conservación y administración de parques
    zonales, parques zoológicos, jardines
    botánicos, bosques naturales, directamente o a
    través de concesiones; Otros servicios públicos
    no reservados a entidades de carácter regional o
    nacional.

  • 3) Protección y conservación del
    ambiente: Formular, aprobar, ejecutar y monitorear los planes
    y políticas locales en materia ambiental, en
    concordancia con las políticas, normas y planes
    regionales, sectoriales y nacionales; Proponer la
    creación de áreas de conservación
    ambiental; Promover la educación e
    investigación ambiental en su localidad e incentivar
    la participación ciudadana en todos sus niveles;
    Participar y apoyar a las comisiones ambientales regionales
    en el cumplimiento de sus funciones; Coordinar con los
    diversos niveles de gobierno nacional, sectorial y regional,
    la correcta aplicación local de los instrumentos de
    planeamiento y de gestión ambiental, en el marco del
    sistema nacional y regional de gestión
    ambiental.

  • 4) En materia de desarrollo y economía
    local: Planeamiento y dotación de infraestructura para
    el desarrollo local; Fomento de las inversiones privadas en
    proyectos de interés local; Promoción de la
    generación de empleo y el desarrollo de la micro y
    pequeña empresa urbana o rural; Fomento de la
    artesanía; Fomento del turismo local sostenible;
    Fomento de programas de desarrollo rural.

  • 5) En materia de participación vecinal:
    Promover, apoyar y reglamentar la participación
    vecinal en el desarrollo local; Establecer instrumentos y
    procedimientos de fiscalización; Organizar los
    registros de organizaciones sociales y vecinales de su
    jurisdicción.

  • 6) En materia de servicios sociales locales:
    Administrar, organizar y ejecutar los programas locales de
    lucha contra la pobreza y desarrollo social; Administrar,
    organizar y ejecutar los programas locales de asistencia,
    protección y apoyo a la población en riesgo, y
    otros que coadyuven al desarrollo y bienestar de la
    población; Establecer canales de concertación
    entre los vecinos y los programas sociales; Difundir y
    promover los derechos del niño, del adolescente, de la
    mujer y del adulto mayor; propiciando espacios para su
    participación a nivel de instancias
    municipales.

  • 7) Prevención, rehabilitación y
    lucha contra el consumo de drogas: Promover programas de
    prevención y rehabilitación en los casos de
    consumo de drogas y alcoholismo y crear programas de
    erradicación en coordinación con el gobierno
    regional; Promover convenios de cooperación
    internacional para la implementación de programas de
    erradicación del consumo ilegal de drogas.

  • SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL

Interpretando a Marchiaro (2011)[29]; la
sostenibilidad ambiental aquél desarrollo que es capaz de
satisfacer las necesidades actuales sin comprometer los recursos
y posibilidades de las futuras generaciones. Intuitivamente una
actividad sostenible es aquélla que se puede mantener.
Esta definición es la del informe de la Comisión
Brundlandt. La señora Brundlandt fue la primera ministra
de Noruega y el año 1990 recibió el encargo de la
ONU de redactar un primer informe para preparar la Cumbre de la
Tierra de Río de Janeiro dos años más tarde.
Hay otras definiciones también interesantes como la que
proponen D. Pearce, A. Markandya y E.B. Barbier, en la cual se
establece que en una sociedad sostenible no debe haber: un
declive no razonable de cualquier recurso, un daño
significativo a los sistemas naturales, un declive significativo
de la estabilidad social, Otra definición se debe a H.
Daly. Esta persona propone que una sociedad sostenible es
aquélla en la que: "los recursos no se deben utilizar a un
ritmo superior al de su ritmo de regeneración, no se
emiten contaminantes a un ritmo superior al que el sistema
natural es capaz de absorber o neutralizar, los recursos no
renovables se deben utilizar a un ritmo más bajo que el
que el capital humano creado pueda reemplazar al capital natural
perdido. Concretando esta definición en un caso
práctico, el de los combustibles fósiles, significa
que se tiene que utilizar una parte de la energía liberada
para crear sistemas de ahorro de energía o sistemas para
hacer posible el uso de energías renovables que
proporcionen la misma cantidad de energía que el
combustible fósil consumido. Son tres formas de definir el
desarrollo sostenible. La primera es la más simple,
seguramente la que ha tenido más éxito, mientras
que en la segunda y la tercera se complican los razonamientos.
Hay que tener en cuenta que se trata de una definición
estratégica de carácter conceptual y globalizadora,
y se produce una notable dificultad al traducirla al día a
día. Sin embargo, hay que hacer un esfuerzo para superar
las dificultades de orden práctico que supone el principio
ecologista del pensar globalmente y actuar localmente.

La incapacidad de la especie humana para vivir en
armonía con el planeta, la gran interacción entre
el hombre y el sistema natural, son los grandes problemas
medioambientales de hoy. Hasta nuestros días, ninguna
especie, excepto el hombre, ha conseguido modificar tan
substancialmente, en tan poco tiempo, las características
propias del planeta. Así, se plantean los grandes
problemas planetarios siguientes: Superpoblación y
desigualdades, El incremento del efecto invernadero,
Destrucción de la capa de ozono, Humanización del
paisaje, Preservación de la biodiversidad, La
erosión, la desertización y la destrucción
de la selva, Y a escala local: El sistema productivo, El agua,
Los residuos domésticos, Suministro energético, El
sistema de transportes

Todos los problemas planteados a escala planetaria y
local tienen un denominador común y radican en el
funcionamiento del actual sistema económico. El modelo hoy
dominante es aquél que dice que la economía va bien
cuando crece el producto interior bruto (PIB). Este modelo no
tiene en cuenta cuánto cuesta a la colectividad en
términos ecológicos y sociales el crecimiento de un
punto del PIB. No tiene en cuenta que la capacidad de crecimiento
económico es finita, ni tampoco tiene en cuenta las
limitaciones del sistema natural que están llevando al
planeta al infarto ecológico.

El PIB es la vaca más sagrada de todas las vacas
sagradas de la economía. El PIB mide el valor de las
mercancías producidas. Cuanta más
producción, más crecerá el PIB; cuanto
más crezca el PIB, mejor viviremos y más riqueza
habrá. Pero la estadística nos enseña que en
los últimos quince años el número de empleos
no ha ido en aumento y en cambio el PIB habrá crecido un
60% en términos nominales.

La perversión del sistema vigente de contabilidad
puede llegar a extremos insólitos. Es el caso del
gravísimo terremoto de 1994 en Kobe (Japón).
Alguien con autoridad pronosticó un impacto positivo con
la reconstrucción de la zona de Kobe en el producto
interior bruto japonés. Al cabo de pocos días
empezó a subir la bolsa de Tokio. Tenemos un sistema de
medida que permite afirmar que es bueno para la economía
que haya destrozos.

Para Beas (2011)[30]; el desarrollo es el
resultado de la integración de distintos temas en las
vidas de las personas. El programa Desarrollo integral
comunitario fue estructurado para realizar el desarrollo. Para
cada comunidad, rural, urbana o indígena, se debe tener en
cuenta sus necesidades demográficas, económicas y
sociales. El programa de Desarrollo integral comunitario
reúne una multitud de asuntos—por ejemplo, la
violencia, la adicción, la nutrición, la
prevención de las enfermedades crónicas—en un
todo cohesivo. Esta manera de tratar de los intereses de una
comunidad es una manera más eficaz que abordarlos como
cuestiones separadas e independientes.

Glosario

Presupuesto Participativo:

El Presupuesto Participativo es un proceso que fortalece
las relaciones Estado – Sociedad, mediante el cual se
definen las prioridades sobre las acciones a implementar en el
nivel de Gobierno Regional o Local, con la participación
de la sociedad organizada, generando compromisos de todos los
agentes participantes para la consecución de los objetivos
estratégicos.

Agentes Participantes:

Partes: 1, 2, 3
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